← Todos los artículos

Asesoramiento fiscal: la « Donation-Partage » (« Donación con distribución »)

La donation-partage es una institución original del derecho francés. Es un acto por el cual una persona regala y distribuye sus bienes entre sus hijos durante su vida.

La donation-partage es una institución original del derecho francés. Es un acto por el cual una persona regala y distribuye sus bienes entre sus hijos durante su vida. La persona establece así el contenido de la parte que corresponderá a cada uno de los hijos. Puede crear partes desiguales, siempre que dicha «desigualdad» no exceda el importe de la cuota legitimaria que existe en cualquier herencia, en otras palabras, siempre que no se vulnere el principio de igualdad entre hijos respecto a sus partes reservadas.

Una de las principales ventajas de la donation-partage es que, si todos los hijos la aceptan antes del fallecimiento, normalmente evitará las discusiones entre ellos tras la muerte, aunque todavía será posible una acción legal en ciertos casos. La donation-partage evita la situación en la que los herederos serán copropietarios de todos los bienes del fallecido y un posible procedimiento largo de división (‘partage’) en caso de desacuerdo.

También tiene una ventaja esencial en cuanto permite evitar un escollo relacionado con la valoración de los bienes donados. De hecho, una vez que el donante ha fallecido, los bienes donados en virtud de la donation-partage se valorarán al valor retenido en el momento de la donación, a diferencia del momento de la distribución de la herencia tras el fallecimiento. Esto ocurre mientras que, por el contrario, al valorar la parte a la que cada hijo tiene derecho, las donaciones realizadas en vida se tendrán en cuenta según su valor en el momento del fallecimiento, lo que puede crear discrepancias en el tratamiento de los hijos dependiendo de lo que se haya dado. Consideremos un ejemplo: durante su vida, un padre hace donaciones a sus dos hijos, uno de un inmueble y dinero en efectivo al otro por valores iguales o dos sumsums iguales de dinero en efectivo, una de las cuales es invertida posteriormente por el hijo en la compra de una propiedad cuando el otro gasta su donación sin comprar nada. Entonces, tras el fallecimiento del padre, el valor de la donación que se tiene en cuenta para evaluar la parte de la herencia que debe corresponder al hijo que compró la propiedad será el valor de mercado de la misma en el momento del fallecimiento, mientras que la donación recibida por el otro (y que la ha gastado en su totalidad) se tendrá en cuenta por su valor nominal, lo que significa que este hijo se beneficiará de la subida del valor con el tiempo de la propiedad comprada por su hermano. Esto puede parecer bastante injusto y la donation-partage remédia esa situación ‘congelando’ la valoración en el momento de la donación.

Proceso a seguir para realizar una donation-partage: como cualquier donación, una donation-partage necesita ser firmada ante un Notario. Dos padres pueden dar sus respectivos bienes personales, pero si existe una comunidad entre esposos, es mejor realizar un único actojoint de donación por el cual cada cónyuge da sus propios bienes personales y ambos cónyuges dan sus bienes comunes al mismo tiempo.

Para que sea válida, todos los beneficiarios deben aceptar la donation-partage, aunque si uno la rechaza, seguirá siendo válida para los demás. El que la haya rechazado no podrá beneficiarse de la regla mencionada anteriormente sobre valoración y si los bienes dejados en la herencia no son suficientes para recibir su parte completa de la herencia, entonces tendrá derecho a impugnar el alcance de la donación y solicitar su reducción (‘action en réduction’).

Los bienes donados dentro de una donation-partage pueden consistir en bienes específicos existentes, o mediante la reintegración de donaciones anteriores realizadas en propiedad plena. En ese caso, sin embargo, hay que señalar que el valor que se retendrá para la donación en propiedad plena será el valor en la fecha de la donation-partage, no el valor en el momento de la donación en propiedad plena. Por lo tanto, se recomienda realizar una donation-partage desde el principio en lugar de donaciones en propiedad plena.

No es necesario donate todos los bienes en una donation-partage y, en caso de donación parcial, el exceso de los bienes se distribuirá según las reglas de sucesión aplicables por defecto.

Una vez aceptada la donation-partage, normalmente es imposible retractarse. Hay excepciones en casos muy excepcionales, por ejemplo si la donación se realizó bajo una obligación que no se cumplió.

Es posible establecer, en una donation-partage, que si el beneficiario fallece antes que el donante, entonces el donante recuperará el bien. Si no se establece esto, entonces, tras el fallecimiento del beneficiario, los bienes donados beneficiarán a sus herederos. Sin embargo, si la intención es recuperar el bien en caso de fallecimiento del hijo o hijos, es esencial, en caso de que haya varios hijos, no darles los mismos bienes conjuntamente, es decir, en caso de que solo uno fallezca, entonces los bienes no pueden devolverse en su totalidad. Es posible dar bienes de valor desigual a diferentes hijos, pero en ese caso, el hijo que haya sido favorecido deberá devolver la diferencia de valor por encima de su parte reservada a la herencia.

Las consecuencias de la donation-partage sobre la titularidad: al haber sido donados los bienes, los hijos teóricamente pueden venderlos incluso antes del fallecimiento del donante. Sin embargo, debería haber una reclamación en reducción por parte de los demás herederos en caso de que no hayan recibido su parte correspondiente, el comprador del bien podría verse obligado a devolverlo o a indemnizar a dichos herederos. Solo si el donante y todos los herederos consienten la venta no será posible.

La donation-partage es, por lo tanto, una herramienta muy útil, pero también es un asunto muy técnico y las personas interesadas en seguir este camino deben proceder con cautela.

Hervé Blatry
Abogado
TEE FRANCE
STANLEY TEE LLP
High Street
Bishops Stortford
Herts CM23 2LU

Tel 01279 710621 y 01279 710654
[email protected]

Siga leyendo

Todos los artículos →