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IFI sustituye a ISF en 2018

La ley de finanzas de 2018, en su artículo 12, establece la abolición del ISF (Impuesto Solidario sobre el Patrimonio) y su sustitución por el IFI, o Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La abolición del ISF, que se ha debatido durante varios años, finalmente entrará en vigor en 2018,...

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IFI sustituye a ISF

La ley de finanzas de 2018, en su artículo 12, establece la abolición del ISF (Impuesto Solidario sobre el Patrimonio) y su sustitución por el IFI, o Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La abolición del ISF, que se ha debatido durante varios años, finalmente entrará en vigor en 2018, pero en favor de un nuevo impuesto: el IFI.

IFI: una escala para 2018 y reglas de valoración idénticas al ISF


El IFI es un impuesto anual que asume la misma escala y las mismas reglas de valoración que el ISF en 2018. Por lo tanto, para estar sujeto a este nuevo impuesto, el contribuyente debe poseer, a 1 de enero del año fiscal, activos inmobiliarios con un valor igual o superior a 1.300.000 €. La reducción del 30% sobre la vivienda principal sigue siendo aplicable.

El importe del IFI se calcula mediante una escala progresiva por tramos fiscales, siendo la parte imponible el importe que exceda de 800.000 €.

Tabla para determinar el impuesto a pagar:

Fracción del valor neto imponible Tipo aplicable (en %)
Hasta 800.000 € 0
Superior a 800.000 € y hasta 1.300.000 € 0,50
Superior a 1.300.000 € y hasta 2.570.000 € 0,70
Superior a 2.570.000 € y hasta 5.000.000 € 1
Superior a 5.000.000 € y hasta 10.000.000 € 1,25
Superior a 10.000.000 € 1,5

A continuación se presenta un ejemplo que le ayudará a comprender el cálculo del IFI: Si un contribuyente posee activos por valor de 4.000.000 €, el IFI a pagar asciende a 25.690 €, calculado de la siguiente manera:

  • Importe correspondiente al tramo de 800.000 € a 1.300.000 €: (1.300.000 € – 800.000 €) x 0,5% = 2.500 €
  • Importe correspondiente al tramo de 1.300.000 € a 2.570.000 €: (2.570.000 € – 1.300.000 €) x 0,70% = 8.890 €
  • Importe correspondiente al tramo de 2.570.000 € a 4.000.000 €: (4.000.000 € – 2.570.000 €) x 1% = 14.300 €

Total a pagar: 2.500 € + 8.890 € + 14.300 € = 25.690 €


Una base imponible reducida


La base imponible del IFI se ha reducido. A partir de ahora, este impuesto se limitará a los activos inmobiliarios no destinados por su propietario a su actividad profesional. Si se aprueba la ley, los bienes muebles como el efectivo en cuentas bancarias, las inversiones financieras, los seguros de vida, los muebles, los valores y los derechos sociales quedarán excluidos de la base imponible del IFI.

Sin embargo, para evitar abusos, se han establecido varias medidas: las participaciones en sociedades o entidades poseídas por el contribuyente estarán sujetas a la proporción de su valor representativo de los activos inmobiliarios propiedad de dicha sociedad o entidad. Asimismo, los préstamos familiares concertados directamente o a través de sociedades interpuestas no serán deducibles, con excepción de los préstamos de naturaleza normal concedidos por ciertos ascendientes o descendientes.

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